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CNE explica límites legales y rechaza recuento “voto por voto” generalizado solicitado por el Partido Liberal

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CNE explica límites legales y rechaza recuento “voto por voto” generalizado solicitado por el Partido Liberal

Tegucigalpa, Honduras. — El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió un pronunciamiento administrativo en el que detalla los fundamentos legales por los cuales no es procedente un recuento “voto por voto” total y generalizado a nivel nacional, como lo ha solicitado el Partido Liberal. El documento, fechado el 16 de diciembre de 2025, está firmado por la consejera presidenta Ana Paola Hall García y la consejera vocal Cossette Alejandra López-Osorio Aguilar, y responde a un recurso presentado por el apoderado legal del partido Libertad y Refundación (Libre), en el marco del expediente administrativo AAEG-CNE-111-2025.

En el memorando, el CNE establece que la Ley Electoral de Honduras confiere de manera exclusiva al órgano electoral la atribución de realizar el escrutinio general definitivo, con base en las actas levantadas por las Juntas Receptoras de Votos (JRV). “Esta atribución comprende el análisis, la suma y la totalización de los resultados consignados en dichas actas”, señala el documento, subrayando que el escrutinio general constituye un procedimiento legal obligatorio y no una excepción sujeta a discrecionalidad.

Las consejeras aclaran que, si bien la Ley Electoral contempla la posibilidad de revisiones y recuentos, esta facultad no opera de forma automática ni generalizada, sino que está condicionada a la existencia de causales objetivas y verificables. “Quien promueve una revisión o recuento debe acreditar de manera concreta la existencia de irregularidades en cada uno de los casos”, indica el pronunciamiento, citando ejemplos como errores de transcripción, inconsistencias en la contabilización de votos o discrepancias entre firmas y resultados consignados en las actas.

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El documento es enfático al señalar que la normativa electoral hondureña no reconoce ni admite la figura del ‘voto por voto’ total a nivel nacional sin causa debidamente probada. “No existe disposición legal alguna que autorice el recuento de todas las actas para un nivel específico sin motivación acreditada y sin inconsistencias concretas”, advierte el CNE, remarcando que los recuentos son mecanismos excepcionales, reglados y sujetos a parámetros estrictos.

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Asimismo, el pronunciamiento destaca que la Ley Electoral no permite ordenar un recuento total de actas a nivel nacional, ni siquiera para el nivel presidencial, en ausencia de evidencia específica de irregularidades en cada JRV. “Cuando no se identifican causales concretas para cada acta, el recuento generalizado no es posible y la ley no lo habilita”, señala el texto, advirtiendo que aceptar un recuento sin sustento legal desnaturalizaría el sistema de escrutinio previsto en la normativa vigente.

El CNE también detalla el procedimiento operativo establecido en el artículo 295 de la Ley Electoral, el cual regula cómo deben realizarse las revisiones y recuentos autorizados. Entre estos pasos se incluye la conformación de Juntas Especiales, la apertura de urnas únicamente en las JRV previamente señaladas y la elaboración de actas especiales que confirmen o sustituyan las originales, siempre dentro del marco legal.

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En sus conclusiones, las consejeras sostienen que admitir un recuento general sin sustento legal implicaría una vulneración a los principios fundamentales del proceso electoral, entre ellos la legalidad, legitimidad, universalidad, libertad, imparcialidad, transparencia, equidad y pluralismo. “Estos principios constituyen pilares esenciales para la validez, certeza y confianza en los resultados del proceso electoral”, advierte el documento.

Finalmente, el pronunciamiento reafirma que los recuentos son selectivos, no automáticos ni generalizados, y deben realizarse caso por caso, únicamente en aquellas JRV donde se acrediten irregularidades objetivas. Con ello, el CNE deja sentada su postura institucional frente a las solicitudes de recuento total y recalca que cualquier actuación fuera del marco legal atentaría contra la estabilidad y credibilidad del proceso democrático hondureño.

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