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DECLARACIONES

Finanzas acusa a Roberto Contreras de no liquidar transferencias municipales de SPS

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En conferencia de prensa, el ministro de la Secretaría de Finanzas, Marlon Ochoa informó que la razón fundamental por la cual la municipalidad de San Pedro Sula no ha recibido las transferencias ha sido por la negligencia de su alcalde Roberto Contreras, en liquidar las transacciones correspondientes a períodos anteriores, negarse a pagar sentencias judiciales en firme, bloqueando incluso su cuenta bancaria que tenía registrada en el Sistema de Administración Financiera SIAFI.Marlon Ochoa: Alcaldía de SPS no ha recibido transferencia municipal por negligencia de Roberto Contreras

La demora se deriva en gestionar oportunamente un cambio de cuenta, y sentencias judiciales con carácter de firme en su contra, tal como se evidencia en el dictamen legal no. DL-USL-255-2024, anexo al presente comunicado.

El Poder Ejecutivo, a través de esta Secretaría de Estado, órgano rector de las finanzas del Estado, ha desembolsado un total de L15,078 millones por concepto de transferencias a municipalidades durante el presente período de gobierno, distribuidas de la siguiente forma:

a. L6,497 millones durante el período fiscal 2022

b. L6,297 millones durante el período fiscal 2023

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c. L2,284 millones entre el 1 de enero y el 10 de mayo de 2024

Las transferencias han sido efectuadas en tiempo y forma a la totalidad de las 298 municipalidades, sin distingos de afiliación partidaria, siempre y cuando las municipalidades cumplan con los requisitos legales correspondientes.

Además de las transferencias, la presidenta de la República Xiomara Castro ha creado programas ejecutados por las Alcaldías, como el Programa de Caminos Productivos, que sólo en 2023 logró L553 millones en concepto de construcción de carreteras terciarias, y el programa de Construcciones escolares, que a la fecha ha ejecutado más de L491 millones en reparación de centros educativos.

La SEFIN reitera al pueblo hondureño que seguirá realizando las transferencias a las Alcaldías Municipales del país que cumplan con los criterios administrativos y procedimentales exigidos; velando siempre el cumplimiento de las órdenes emitidas por el Poder Judicial.

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