Elecciones 2025
TJE declara procedentes recursos de Cálix y Villalobos y ordena su inscripción; rechaza recusaciones en planillas de Olancho y Valle
Tegucigalpa.- En un comunicado fechado el 28 de octubre de 2025, el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) informó a la ciudadanía sobre la resolución de dos recursos de apelación presentados ante actos administrativos del Consejo Nacional Electoral (CNE) —relacionados con la inscripción de candidaturas a diputados— y al mismo tiempo dio cuenta del rechazo de varias recusaciones que se interpusieron en los departamentos de Olancho y Valle contra planillas partidarias.
Según el documento oficial (Comunicado 22-2025), el TJE declaró procedentes los recursos de apelación interpuestos por Jorge Luis Cálix Espinal y por Cristian Adalid Villalobos Fermán. En el caso de Cálix, el tribunal revocó la Resolución No. 281-2025 del CNE (de fecha 8 de octubre) que había denegado su inscripción como candidato a diputado por el Partido Liberal en la casilla No. 22 del departamento de Olancho. Se ordenó su inscripción inmediata, garantizando “el pleno ejercicio de sus derechos políticos”.
Para Villalobos, cuya apelación fue presentada por el Partido Nacional de Honduras (apoderado legal César Augusto Cáceres Cano), el tribunal también determinó que el acto administrativo impugnado carecía de validez suficiente y ordenó al CNE su inscripción como candidato a diputado por el departamento de Valle.
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En paralelo, el TJE informó que durante las sesiones de Pleno se analizaron recusaciones presentadas por ciudadanos de Olancho y Valle contra los expedientes de diputados y planillas en esos departamentos, pero las resolvió como no procedentes al considerar que los recurrentes no demostraron un interés legítimo y directo en los procesos, ni aportaron documentación que se relacionara con las causales invocadas.
El comunicado subraya que la actuación del TJE se fundamenta en los principios constitucionales de convencionalidad, constitucionalidad y legalidad, y reafirma su mandato de garantizar la función jurisdiccional electoral bajo criterios de independencia, legalidad, transparencia y seguridad jurídica.
Con esta decisión, el TJE despeja uno de los obstáculos más recientes en la etapa previa al proceso electoral general del 30 de noviembre de 2025, al menos para los aspirantes Cálix y Villalobos, permitiendo que sus candidaturas sean incorporadas oficialmente en las papeletas electorales. Al mismo tiempo, el tribunal envía una señal clara sobre su criterio al respecto de las recusaciones ciudadanas: no bastan las quejas con carácter genérico; debe demostrarse jurídico-legalmente el vínculo o afectación directa.
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La resolución adquiere relevancia política en un momento de alta tensión electoral y relevancia institucional, pues la certeza sobre quiénes podrán figurar en las papeletas es clave para partidos, candidatos y observadores. El TJE, al asumir una postura de revisión activa y decidir sobre los expedientes, refuerza su rol como instancia final en materia electoral y apunta a que los compases jurídicos previos al día de la elección pueden marcar diferencias en el certamen democrático.


